Sin título-1

“Por la cual se ofrece en enajenación a título gratuito entre Entidades públicas unos bienes muebles no requeridos de propiedad de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares”

De conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política  de Colombia de 1991, la función administrativa debe desarrollarse con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

Que mediante la Resolución No. 0804 del 31 de octubre de 2006, se adopta el Manual para el manejo de bienes muebles e inmuebles de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, como instrumento de aplicación general para la Oficina Principal y cada una de las Regionales.