“Por la cual se ofrece en enajenación a título gratuito entre Entidades públicas unos bienes muebles no requeridos de propiedad de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares”
De conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia de 1991, la función administrativa debe desarrollarse con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
Que mediante la Resolución No. 0804 del 31 de octubre de 2006, se adopta el Manual para el manejo de bienes muebles e inmuebles de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, como instrumento de aplicación general para la Oficina Principal y cada una de las Regionales.
Agencia Logística Fuerzas Militares
Sede Principal
Calle 95 No. 13-08, Bogotá D.C., Colombia
Código Postal: 110221
Horario atención: Lunes a Viernes 7:30 a.m. a 4:30 p.m.
Conmutador: +57 601 651 0420 o +57 601 651 0449 Bogotá
Línea Gratuita – contáctenos 018000126537
Línea Anticorrupción 018000126537
Encuesta Anticorrupción AQUÍ
Denuncias: denuncie@agencialogistica.gov.co
Los ciudadanos pueden manifestar hechos de corrupción, adjuntando los respectivos soportes.
PQR: contactenos@agencialogistica.gov.co
El ciudadano puede manifestar todo tipo de solicitudes o manifestaciones.
Notificaciones Judiciales: notificaciones@agencialogistica.gov.co
Esta dirección de correo electrónico fue creada para uso único y exclusivo para recibir notificaciones judiciales que provienen de la rama judicial, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 2080 de 2021.